El presidente del Senado aseguró que esta medida no es necesaria “para defender la vida, bienes y honra de los habitantes del Catatumbo”.
Luego de que el presidente Gustavo Petro anunciara el pasado lunes el estado de conmoción interior y de emergencia económica, como medidas para afrontar la crisis de violencia en la región del Catatumbo, diferentes sectores políticos se han pronunciado.
De acuerdo al artículo 213 de la Constitución el presidente puede decretar el estado de conmoción interior “en caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de Policía”.
Sin embargo, actores políticos aseguran que esta no sería la solución ante los constantes enfrentamientos armados entre miembros del ELN y las disidencias de las Farc, que ya han dejado más de 80 personas muertas y miles de desplazados.
Para defender la vida, bienes y honra de los habitantes del Catatumbo no se requiere una conmoción interior, se requiere aplicar la Constitucióny la ley”, aseguró este martes el presidente del Congreso Efraín Cepeda.
Asimismo, aseguró que es un “deber constitucional” el defender los derechos de esta población, lo cual le corresponde al Estado. Enfatizó en que aún el Gobierno no ha dado la orden a la Fuerza Pública para que intervenga el Catatumbo, y expulse al ELN.
TAMBIEN SE SUMÓ EL EXPRESIDENTE jUAN MANUEL SANTAS QUIEN AFIRMÓ:
“No existe justificación”: expresidente Santos sobre declaratoria de conmoción interior
El expresidente considera que no hay “hechos sobrevinientes” que justifiquen la medida adoptada por el Gobierno.

Además, aseguró que desde el inicio del actual periodo presidencial le recomendó a Gustavo Petro “planear” bien el proceso de paz con el Eln, teniendo en cuenta su propia experiencia con el Acuerdo de Paz con las Farc.
“Desde el comienzo de la Paz Total se le dijo al presidente y a su gobierno que eso debía ser bien planeado. Uno no puede de la noche a la mañana sentarse con 14 grupos negociar y desmontar la infraestructura que había. Infortunadamente no fue así”, sostuvo Santos.
Indicó que como “los procesos que se iniciaron no fueron planeados” ahora “estamos pagando las consecuencias, pues el proceso les permitió a muchos de los grupos fortalecerse y comenzar una guerra por el control territorial”.
Los enfrentamientos entre el Eln y una disidencia de las Farc han dejado al menos 80 muertos, más de 20 heridos y más de 11.000 personas desplazadas, principalmente hacia las cabeceras urbanas de Cúcuta, Ocaña y Tibú, ciudades de Norte de Santander, departamento al que pertenece el Catatumbo.
Estado de conmoción interior
El presidente puede decretar el estado de conmoción interior, según el artículo 213 de la Constitución, “en caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de Policía”.
Esta medida puede ser declarada por un término no mayor de noventa días, prorrogable por hasta por dos períodos de la misma duración, el segundo de los cuales requiere concepto favorable del Senado.
Con esta declaración, “el Gobierno tendrá las facultades estrictamente necesarias para conjurar las causas de la perturbación e impedir la extensión de sus efectos”.
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