Si su EPS no cumple los nuevos requisitos territoriales, usted podría ser trasladado a otra entidad sin haberlo solicitado.
El Gobierno nacional expidió el Decreto 0182 de 2026, una norma que redefine cómo deben operar las EPS en el país y que podría provocar el traslado de afiliados en algunos departamentos. La medida, firmada por el Ministerio de Salud, fija nuevos criterios de presencia territorial que obligan a las aseguradoras a tener un número mínimo de usuarios en las zonas donde operan.
En la práctica, esto significa que las EPS que no cumplan con esos porcentajes podrían verse obligadas a reorganizar su afiliación y trasladar usuarios hacia entidades con mayor cobertura regional. El decreto no ordena cambios masivos inmediatos, pero sí crea el marco legal para que ocurran.
La norma introduce un criterio central: las EPS deben demostrar que tienen una presencia real y suficiente en cada territorio donde están habilitadas. No basta con estar inscritas; deben cumplir con umbrales mínimos de afiliación por departamento.
Si una entidad no alcanza esos porcentajes, deberá ajustar su operación. Ese ajuste puede implicar reducir su presencia en determinadas zonas y trasladar afiliados a otras EPS que sí cumplan con las condiciones exigidas.
El Gobierno sostiene que la medida busca evitar aseguradoras con operación marginal en algunos departamentos, una situación que —según el Ejecutivo— debilita la red de prestación y dificulta la garantía efectiva del servicio.
El decreto no publica un listado oficial de EPS incumplidas. Sin embargo, a partir de análisis sectoriales y reportes sobre cobertura regional, se ha mencionado que algunas entidades con participación fragmentada en ciertos territorios podrían verse obligadas a reorganizar su afiliación.
Entre las EPS que han sido referenciadas en distintos análisis se encuentran:
Coosalud
Asmet Salud
Cajacopi
Famisanar
Compensar
Sanitas
Sura
En contraste, entidades con cobertura más amplia, como Nueva EPS, podrían convertirse en receptoras de afiliados en los territorios donde se active la redistribución, aunque eso dependerá de la evaluación técnica que hagan las autoridades.
Es importante subrayar que no se trata de una decisión automática ni uniforme en todo el país. La aplicación dependerá del cruce oficial de datos sobre afiliación y del análisis que realice la Superintendencia en cada departamento.
El Decreto 0182 establece un procedimiento administrativo para los casos en los que una EPS no cumpla los nuevos requisitos territoriales. No se trata de un traslado automático ni inmediato, sino de un proceso gradual que depende de evaluaciones técnicas y decisiones de supervisión.
En términos prácticos, funcionaría así:
La autoridad competente verificará si la EPS cumple los porcentajes mínimos de afiliación en cada departamento.
Si no los cumple, la entidad deberá presentar un plan de ajuste para corregir su operación territorial.
Si el incumplimiento persiste, se podría ordenar el traslado progresivo de afiliados hacia otras EPS habilitadas en la región.
El traslado sería administrativo, es decir, no dependería de una solicitud del usuario.
Los afiliados no perderían el acceso al sistema de salud, pero sí cambiarían de asegurador.
No sería un proceso simultáneo en todo el país: cada departamento se evaluaría de forma independiente.
No obstante, el debate sigue abierto. Expertos del sector advierten que una redistribución mal ejecutada podría generar presión sobre las EPS con mayor cobertura y afectar la estabilidad del sistema si no se implementa de forma progresiva y con control riguroso.
Gremio de las EPS advierte que nuevas reglas de aseguramiento en salud profundizarían la crisis del sistema
Según la entidad se podría presentar el retiro de algunas EPS de municipios donde no cumplen con el porcentaje mínimo exigido.
La Asociación prendió las alertas sobre los riesgos operativos, financieros y jurídicos para el sistema de salud que traería la expedición del Decreto 0182 de 2026, mediante el cual el Gobierno Nacional modifica las reglas para la operación del aseguramiento en salud con enfoque territorial y poblacional de las EPS.
La entidad señaló que el decreto establece nuevos criterios de habilitación territorial, según los cuales las EPS solo podrán operar en los municipios donde cumplan con un porcentaje mínimo de afiliados.
De acuerdo con el análisis del gremio, la aplicación de las nuevas reglas generaría tres efectos principales:
El retiro de algunas EPS de municipios donde no cumplen con el porcentaje mínimo exigido.
La asignación de nueva población a EPS con mayor presencia en determinados territorios.
Una mayor concentración de afiliados en la Nueva EPS, que se consolidaría como el principal operador del aseguramiento en el país.
Según cálculos de ACEMI, la Nueva EPS, que actualmente cuenta con más de 11,5 millones de afiliados, recibiría aproximadamente 2,6 millones adicionales, lo que representaría un crecimiento del 22,6%.
En manos del Consejo de Estado queda la vida de 6 milllones de colombianos trasladados a la fuerza de EPS
Hoy, el foco está puesto en las cortes, pues el alcance jurídico de la decisión podría desencadenar nuevas intervenciones.


