La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió negar un recurso de aclaración con respecto a la frase “deponer el uso de las armas”, contenida en el fallo porque se dio luz verde al plebiscito por la paz, y con el que se pretendía echar para atrás la decisión.

POLITIKA COM estableció que el recurso se refería a uno de los apartes de la sentencia C-379 de 2016, mediante la cual se avaló la herramienta con la cual los ciudadanos colombianos decidirán si avalan los acuerdos que realizó el gobierno Santos con la guerrilla de las Farc.

La solicitud de aceleración se refería al término “deponer”, palabra mencionada en varias partes del fallo, pues se indicaba que era necesario entender la relación de esta palabra con la “dejación de las armas” y el “no hacer acciones armadas”.

Sin embargo, para el Alto Tribunal el término “deponer” no hace parte ni de las resoluciones ni de las conclusiones del fallo, por lo que no consideró necesaria hacer la aclaración.