La Sala Plena de la Corte Constitucional, por unanimidad ,se declaró inhibida, por el momento, para ejercer el control automático de constitucionalidad de la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

Su Presidenta, Gloria Ortiz, aseguró que actualmente sigue el trámite administrativo en el Congreso de la República, por lo tanto el alto tribunal no puede tomar una decisión de fondo. 

«En estos momentos el trámite no ha terminado en el Congreso, que es el órgano competente para las deliberaciones sobre las objeciones, eso no significa que la Corte no pueda en algún momento revisarlo porque si ese trámite en el Congreso produce modificaciones al proyecto de ley e involucra un trámite legislativo, la Corte tiene un control previo, automático y único de constitucionalidad«, explicó la magistrada. L

Entretanto el magistrado ponente de la decisión, Antonio José Lizarazo,explicó que tras la presentación formal de las objeciones presidenciales el proceso de revisión se retrotrajo.