El Ministerio de Minas y Energía informa que ha realizado un ajuste en los porcentajes de las mezclas entre alcohol carburante y gasolina como consecuencia de la menor producción de etanol debido a la intensidad del fenómeno de El Niño, a las operaciones de mantenimiento en cuatro de las seis destilerías de dicho producto y al aumento en el consumo promedio de gasolina en el país.

Adicionalmente realizó una revisión del precio del alcohol carburante a la luz del artículo 2 de la Resolución 18 0643 de 2012.

Por lo anterior, ha ajustado los precios de referencia de la gasolina, así:

  Antes del ajuste Precio ajustado
Bogotá 7.896 7.822
Cartagena 7.680 7.516
Barranquilla 7.720 7.550
Santa Marta 7.820 7.650
Montería 7.930 7.766
Sincelejo 7.880 7.716
Villavicencio 7.996 7.922
Pasto 5.734 5.648
Tunja 8.030 7.956
Bucaramanga 7.716 7.642
Medellín 7.844 7.770
Cali 7.942 7.856
Pereira 7.920 7.829
Manizales 7.921 7.830
Armenia 7.980 7.889
Ibagué 7.849 7.775
Neiva 7.923 7.849

Información para tener en cuenta:

Mediante Resolución No. 181254 del 30 de julio de 2012, el Ministerio de Minas y Energía estableció para 25 zonas del país el régimen de libertad vigilada para la fijación del margen de distribución de los combustibles líquidos. Al respecto, las estaciones de servicio ubicadas en las 25 zonas pueden fijar sus precios libremente y están obligadas a reportarlos al SICOM (Sistema de Información de Combustibles Líquidos).