La Superintendencia De Industria y Comercio ordenó que salga de funcionamiento
La causa sería la competencia desleal y empezaría a regir desde ya.
En la audiencia que se lleva a cabo entre taxistas y Uber, la plataforma perdió y no pudo demostrar que no empleó competencia desleal con su servicio.
De inmediato la Superintendencia de Industria y Comercio, ordenó el cese de la prestación del servicio a la plataforma tecnológica.
Así, las empresas operadoras de internet, tienen un plazo de 15 días para dejar de emitir datos de la aplicación.
Este es el comunicado oficial:
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en ejercicio de funciones jurisdiccionales, resolvió la demanda interpuesta por COTECH S.A. en contra de UBER BV, UBER TECHNOLOGIES INC y UBER COLOMBIA S.A.S., y determinó que estas últimas incurrieron en actos de competencia desleal por violación de normas y desviación de clientela (artículos 8 y 18 de la Ley 256 de 1996) al prestar irregularmente el servicio público individual de transporte.
La SIC estableció que UBER BV como licenciatario de la aplicación “UBER” presta el servicio de transporte público individual de pasajeros, al crear la oferta y poner a disposición de los usuarios dicho servicio. Esto viola las normas que regulan el mercado, genera una ventaja significativa en el mercado, y genera desviación de la clientela de COTECH S.A.
Así mismo, se estableció que UBER TECHNOLOGIES INC –desarrolladores de la aplicación UBER-, participan de manera efectiva en la comisión de dichos actos.
Como resultado del análisis la SIC ordenó a las demandadas que de manera inmediata cesen los actos de competencia desleal declarados y que se ejecutan haciendo uso de la aplicación “Uber”; así mismo, que de manera inmediata cesen la utilización de contenido, acceso y prestación del servicio de transporte individual de pasajeros bajo las modalidades “Uber” “Uber X” y “Uber VAN”, por medio de la utilización de la aplicación tecnológica “UBER” en el territorio Colombiano.
La anterior decisión fue proferida en audiencia celebrada el 20 de diciembre de 2019 y sus efectos son de inmediato cumplimiento.
Recurso
Contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá.
La empresa de transporte Uber acusa a la SIC de violar su libertad de expresión y libertad de internet.
Después de la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio de suspender el servicio de transporte de pasajero de Uber en Colombia por motivo de competencia desleal, Uber manifestó en un comunicado de prensa que la decisión de la SIC refleja “un acto de censura e infringe la Convención Interamericana de Derechos Humanos”
Entre las decisiones del Juez administrativo que realizó el fallo, las empresas de telefonía celular recibieron la orden de suspender la transmisión de datos a la aplicación de Uber en un plazo de 30 días, para Uber esto representa una violación a la neutralidad de red, libertad de expresión y libertad de internet.
Además, la aplicación de trasporte hizo hincapié en los 70.0000 millones de pesos que ha pagado en IVA por prestar servicios de tecnología y en los 88.000 socios conductores con lo que cuenta actualmente en el país.
Uber apeló el fallo de la SIC ante el tribular superior de Bogotá bajo el argumento de que “resulta contradictorio con las banderas de innovación, emprendimiento y economía naranja que el Gobierno nacional defiende y promueve”.