Por: Infobae
Este hombre es uno de los asesinos en serie más famosos y crueles del mundo, pues mató a más de 170 niños en toda Colombia.
Este 31 de octubre se conoció que el Instituto Nacional penitenciario y Carcelario (Inpec) pidió la libertad condicional al violador y asesino en serie de niños Luis Alfredo Garavito Cubillos, pues ya habría cumplido los requisitos para obtener este beneficio.
A pesar de esto, el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito de Valledupar negó la libertad para el psicópata; sí quedó la posibilidad de que Garavito cumpla con los otros dos requisitos que tiene a la mano para poder salir de la cárcel, en la que está desde 1999, el primero es pagar la multa de 172 salarios mínimos legales vigentes, y un requisito de arraigo, que lo obligaría a decir el lugar y la persona con la que se quedaría tras obtener el beneficio.
EL programa Los Informantes de Caracol fue el que reveló esta solicitud y reveló el fallo. Infobae también conoció el documento del Juzgado primero de ejecución de penas y medidas de seguridad de Valledupar donde de niega la libertad para el asesino serial:
PRIMERO: DECLARAR que LUIS ALFREDO GARAVITO CUBILLOS, condenado dentro del caso de radicado N° 15001-31-04-005-1999- 00045-00, a la pena de prisión de CUARENTA (40) años, es decir CUATROCIENTOS OCHENTA (480) meses a la fecha ha descontado, trescientos veintiocho (328) meses, nueve (9) días, quince (15) horas por purga física y redención especial de pena, así como satisface los demás presupuestos del artículo 64 del C.P.
SEGUNDO: Acorde con lo señalado en la parte motiva de esta providencia, NEGAR la LIBERTAD CONDICIONAL al recluso LUIS ALFREDO GARAVITO CUBILLOS, identificado con la C.C. N° 6.511.635.
TERCERO: Entréguese copia y notifíquese a las partes de esta decisión, haciendo saber que contra ella procede interponer recurso de reposición y/o apelación, en el plazo legal, que debe ser sustentado por escrito.
CUARTO: Por intermedio del Centro de Servicios Administrativos adscrito a este Juzgado, se ordena requerir al Director del Establecimiento Penitenciario correspondiente, que una vez el condenado de marras, sea notificado personalmente de la presente decisión, se sirva aportar de forma inmediata, vía correo electrónico institucional, la constancia de la notificación efectuada, para que sirva como prueba judicial del respeto de las garantías del debido proceso, publicidad, y defensa. Regístrese, hágase saber a los interesados, y devuélvase el expediente al Centro de Servicios Administrativos adscrito a este Despacho, para que se efectúen las publicaciones y/o acciones pertinentes.
La carta fue dirigida en su momento al juez Camilo Manrique y dice: “en cumplimiento de órdenes impartidas por parte de la Dirección Regional del Inpec para que se estudie y verifique por parte de su despacho concerniente a la concesión o no del subrogado de libertad condicional”. Relacionaron varios documentos como el certificado de conducta de Garavito