El Gobierno Nacional prepara un Decreto para reglamentar la Ley 1873 de 2017 que establece una regulación o desmonte temporal para el pago del subsidio al consumo de energía eléctrica para los estratos 1 y 2.
La nueva norma plantea que el subsidio e aplicará “siempre y cuando el consumo total del usuario no exceda en un 50%el consumo básico o de subsistencia establecido por el Gobierno Nacional”.
Así mismo esta decisión determina que los subsidios se restablecerán cuando el usuario disminuya el consumo a los límites establecidos en la Ley.
Se estima que la aplicación de esta norma generará un incremento en los recaudos e alrededor del 40% para el operador del servicio de energía, teniendo en cuenta que en lose trato 1 y 2 algunos usuarios tienen consumos que superan no solamente el consumo básico o de subsistencia sino también el consumo considerado suntuario.
El Ministerio de Minas envió una circular a los operadores del Servicio de energía eléctrica.
Por su parte el director ejecutivo de la Asociación Colombiana de Distribuidores de Energía Eléctrica (Asocodis), José Camilo Manzur, señaló que el decreto que se propone expedir el gobierno sobre el consumo básico y los subsidios en los estratos 1 y 2 no elimina la totalidad de los subsidios sino que le quita beneficios adicionales que le había concedido la ley.
Manzur dijo, en declaraciones para el Sistema Informativo CARDENAL, que el mencionado decreto está para comentarios hasta el día 13 de enero y dice que entrará en vigencia el 1 de abril de 2018; es decir, ese decreto no está en firme y lo que trata es la reglamentación del Artículo 104 de la Ley 1873 de 2017.
Explicó que la ley 142 estableció que los subsidios son del 50% para el estrato 1 y el 40% para el estrato 2 y que el consumo básico o de subsistencia es de 173 kilovatios hora mes, pero la Ley 1117 e 2006 subió esos niveles de la siguiente manera: del 50% pasó al 60% el subsidio para el estrato 1 y del 40% al 50% para el estrato 2.
Ahora de lo que se trata es que la Ley que aprobó el presupuesto general de la nación para el 2018, que es la ley 1873 de 2017, en el Artículo 104 establece que aquellos usuarios de los estratos 1 y 2 cuyos consumos superen más allá del 150% del consumo básico o de subsistencia, no tendrán los niveles del 60% y 50% sino que retornarán a los antiguos porcentajes de subsidio, es decir el 50% para el estrato 1 y el 40% para el estrato 2.
Hubo reacciones como la del Senador José David Name quien advirtió sobre la promulgación del mencionado decreto que tiene listo el Ministerio de Minas y Energía, con el que familias colombianas de estratos 1 y 2 podrían perder beneficios del subsidio de energía y gas.
“Esta sería una afectación muy grande para millones de familias que no cuentan con los recursos suficientes para afrontar un aumento del 50% en los servicios de luz y gas. Lo que debería procurar el gobierno nacional debería ser el mantener estos subsidios, y no estar buscando la forma de retirarlos sin importar el grave daño que se le causaría a esta población” afirmó el Senador por el Partido de la Unidad, José David Name.
El Senador Name agregó: “Preocupa que el Ministerio de Minas haya emitido el 2 de enero una circular a los prestadores de servicio de energía eléctrica y gas anunciando estos cambios que comenzarían a implementarse a partir de abril”.
Para finalizar, el Senador barranquillero afirmó que: “No vamos a permitir que este decreto se haga realidad y afecte a tantas familias”.