Los cambios entran a regir a partir del 1 de enero de 2023. Los contratistas por prestación solo podrán emplearse por cuatro meses.
El Gobierno Nacional de GUATAVO PETRO a través del Departamento Administrativo de la Función Pública y la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) emitió una circular conjunta en la que se señalan los lineamientos del Plan de Formalización del Empleo Público en Equidad – vigencia 2023.
El documento está dirigido a los órganos, organismos y entidades del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial.
El escrito advierte que la formalización del empleo público se promoverá teniendo en cuenta cuatro mecanismos: el primero establece la provisión de todos los cargos de las plantas de personal existentes y en vacancia; el segundo, la ampliación de las plantas de personal existentes, siempre que las condiciones técnicas y financieras así lo permitan.
El tercero hace referencia a la creación de plantas temporales en equidad, con criterios meritocráticos y vocación de permanencia; y, cuarto menciona que se hará uso racional de los contratos de prestación de servicios atendiendo exclusivamente lo establecido en la ley y en los fallos judiciales.
Entre los lineamientos se destaca la recomendación a las entidades de vincular por contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, solo al personal que consideren esencial.
“La contratación directa a través del contrato de prestación de servicios y de apoyo a la gestión deberá tener un término de duración de cuatro meses, plazo este durante el cual los órganos, organismos y entidades de la rama ejecutiva del orden nacional y territorial deberán elaborar los estudios técnicos requeridos y establecer la planta temporal de personal necesaria y suficiente que supla las necesidades misionales y administrativas que se requieran”, apunta el documento.
Contratación de personal en Colombia: el reto es la equidad
Además, advirtió que los órganos, organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional deberán proponer tanto las plantas temporales de personal en equidad como la reorganización de sus estructuras internas.
En esa línea, la circular indica que las entidades deberán tener en cuenta el objetivo fundamental y esencial del Gobierno de «Colombia potencia mundial de la vida», este se materializará a través de la “Bioadministración», un modelo que garantiza y protege todas las manifestaciones de vida, y que está en sintonía con el principio de la buena administración.
La circular insta a que las entidades realicen este ejercicio técnico de transformación administrativa con un acercamiento directo y efectivo entre la ciudadanía y el Estado.
El Departamento Nacional de Planeación (DNP) brindará toda la asesoría técnica necesaria para que los recursos de los proyectos de inversión, que actualmente financian los contratos de prestación de servicios, apalanquen la creación de las plantas temporales.