La plenaria de Cámara de Representantes aprobó, en cuarto debate, el proyecto que crea 16 Circunscripciones Especiales de Paz, para los periodos 2018 – 2022 y 2022 – 2026. La iniciativa, que forma parte del Procedimiento Legislativo Especial, PLE, pasará a conciliación en las plenarias de ambas corporaciones.
Bogotá, 9 de noviembre de 2017.- El ministro del Interior, Guillermo Rivera, explicó que esta iniciativa contempla la creación de 16 nuevas circunscripciones especiales de paz, al igual que “el régimen de inhabilidades y las inhabilidades y las condiciones que se les van a exigir a quienes se inscriban para ser candidatos”.
Añadió que se trata de “167 municipios que tienen el mayor grado de afectación con el conflicto, el mayor número de víctimas proporcional a su población y mayores niveles de pobreza extrema”. Dicho diagnóstico surgió de una fórmula objetiva producto de las cifras del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE; del Departamento Nacional de Planeación, DNP, y la Unidad de Víctimas.
“Lo que se exige para ser candidato en esas 16 nuevas circunscripciones es haber sido víctima de un grupo armado”, aclaró Rivera, quien destacó que también se le dan facultades a la organización electoral “para disponer de todo lo necesario para que en marzo se dé el debate electoral y elegir estos 16 nuevos representantes a la Cámara”.
Estas víctimas deben acreditar su condición debidamente certificada por la Unidad de Atención para las Víctimas. “Es importante que las víctimas sean quienes ocupen estas curules, lo cual es un homenaje para ellas y termina siendo coherente con el aspecto más importante del acuerdo de paz que son los derechos de las víctimas”.
El jefe de la cartera política reiteró que “solo habilita para presentarse como candidato a quien acredite la condición de víctima debidamente certificada por la Unidad de Atención para las Víctimas. Se eliminan cabeceras municipales y quedan solo zonas rurales.
Aclaró que «el partido político que surja de las Farc no puede presentar candidatos, ningún desmovilizado puede aspirar a una curul y ningún candidato de un partido político se puede presentar».
A su vez, pueden participar las organizaciones sociales y asociaciones sin ánimo de lucro que demuestren su existencia en el territorio de la circunscripción mediante personería jurídica reconocida cinco años antes de la elección o mediante acreditación en el mismo periodo. Por su parte, el candidato debe acreditar permanencia de un año antes de la elección.
Adicionalmente, se incluyó un artículo transitorio que permite que la Registraduría se encargue de lo concerniente a la logística y garantice las elecciones en estas circunscripciones. “Se habilitó al Ministerio de Hacienda para garantizar presupuestalmente el desarrollo de las elecciones”, concluyó el ministro.
Estas circunscripciones están conformadas por municipios del Valle del Cauca, Arauca, Antioquia, Norte de Santander, Caquetá, Chocó, Meta, Bolívar, Cauca, Nariño, Putumayo, Cesar, Bolívar, Córdoba y Tolima, respectivamente, y tendrán reglas especiales para la inscripción y elección de candidatos.