La Sala Plena del organismo negó una ponencia que daba vía libre a la participación del senador del Pacto Histórico en la consulta del denominado “Frente por la Vida”.
La Sala Plena del Consejo Nacional Electoral (CNE), con el voto de conjueces, negó este miércoles la ponencia que buscaba habilitar a Iván Cepeda en la consulta del Frente por la Vida.
Con una votación de seis a favor y cuatro en contra, por mayoría fue negada la participación del también senador del Pacto Histórico, quien se encontraba en un lío jurídico alrededor de su participación en la consulta del pasado 26 de octubre.
Esta decisión del tribunal electoral implica que el candidato Iván Cepeda irá de manera directa a la primera vuelta presidencial, tal y como lo había anticipado días atrás y ante sus electores.
¿Cómo votaron los conjueces?
Los conjueces Alberto Rojas Ríos y Hollman Ibáñez tuvieron posiciones divididas. Rojas consideró que Cepeda sí debía participar ya que en este caso no se configuró doble militancia porque los partidos que participaron en la consulta del año pasado, fueron fusionados en lo que hoy se denomina Pacto Histórico.
Además, afirmó durante la audiencia pública que se adelantó en el CNE que “la participación de un candidato en dos consultas, no es una cuestión que vaya contra la constitución y la ley”, por lo que en su concepto, el aspirante Cepeda podía acudir al proceso de marzo.
“No se prohíbe expresamente que un precandidato participe en más de una consulta (…) la prohibición legal corresponde cuando un precandidato desconoce su resultado y pretende inscribirse como candidato en una organización distinta”, dijo.
Dijo que la consulta de octubre pasado que ganó Cepeda, tuvo un carácter partidista y no interpartidista, por lo que no tiene inhabilidad para ir a la consulta de marzo del 2026. No obstante, Rojas dejó una observación diciendo que el CNE no era competente para definir el caso de Cepeda, por cuando es precandidato y no candidato presidencial.
En contraposición, el conjuez Ibáñez planteó una tesis completamente contraria, ya que consideró que sí se configuró una prohibición para el candidato Iván Cepeda, por cuanto la consulta del año pasado sí tuvo un carácter interpartidista.
“Es claro que sin importar la clase de consulta que se adelante, quien participe en alguna de ellas, no podrá participar en una consultra similar en el mismo proceso electoral”, dijo durante la audiencia.
Tras esta decisión, el expediente ahora pasó al magistrado Alfonso Campo que deberá elaborar una nueva ponencia con la posición mayoritaria expresada en la sala del Consejo Nacional Electoral y de esta manera confirmar la decisión de que Iván Cepeda no puede participar en la consulta de marzo.


