Por: Carlos Ortiz Fernández
INSTITUCIONALIDAD
¿Es satisfactoria en Colombia la institucionalidad? ¿Quiénes son los responsables de la institucionalidad en nuestro país? Es deber de los colombianos, en especial, de los más Altos funcionarios del Ejecutivo y del Control, del Legislativo y Jefes Políticos, de la rama Judicial y de la Fiscalía, de la dirigencia gremial y de entidades, velar por la preservación de la Institucionalidad. Esta es una situación en que los funcionarios y órganos del Estado colaboran armónicamente ajustados a sus competencias constitucionales y legales con la finalidad de satisfacer el interés de los asociados. La institucionalidad responde a un valor político de rigor democrático, a una estructura funcional de naturaleza constitucional.
La Institucionalidad es relativa. No es universal, ni modelo exclusivo de Occidente y menos en la diversidad constitucional y política de las naciones. La Institucionalidad es una especie de orden jurídico que garantiza los derechos de los asociados, que son atendidos por las instituciones y sus autoridades competentes.
La organización del poder y su operatividad es la que contiene los factores determinantes de la institucionalidad. La organización constitucional y legal del poder en una nación es la que asigna las funciones y competencias a las autoridades de la República, ordena la división de las ramas del poder público: Ejecutiva, Legislativa y Jurisdiccional, la que agrega los Organismos de Control (Procuraduría y Contraloría), la Defensoría del Pueblo. Y un organismo gigante que investiga, de causas y cierres: la Fiscalía.
¿SE DEBILITA LA INSTITUCIONALIDAD CONSTITUCIONAL?
La Revista SEMANA en su edición 1724 de mayo 17 al 24 de 2015 trae un breve e interesante resumen sobre alteraciones de la Institucionalidad y unas visibles amenazas y golpes al orden institucional, con el riesgo de agravarse la situación por la incoherencia y extralimitación de competencias, o manejo locuaz y amañado de altos funcionarios y de miembros de corporaciones. Paciencia. Recato. “Cada Loro en su estaca”.
La reconocida madurez de la Institucionalidad colombiana, ha estado, o está en riesgo de reventar, o en peligro de ser atropellada ante las dificultades y distancias políticas y jurídicas que genera el proceso de Conversaciones con las FARC-EP. ¿Están en peligro las Instituciones legítimas, el orden jurídico constitucional y legal por las intromisiones y las virulentas descalificaciones que se expresan en diferentes foros, con frecuencia, el Procurador y una bancada fuerte y atildados columnistas sobre actuaciones o posiciones del Presidente de la República, Miembros del Gobierno, de los Comisionados de Paz en La Habana, oscureciendo el panorama para el Acuerdo que será sometido a refrendación del elector?
No han faltado referencias al avance de acciones contrarias al proceso que prosigue en La Habana, recurriendo a exaltar los ánimos, aún a “carear” e indisponer a los mandos y cuerpos de las fuerzas militares y de policía para golpear su espíritu combativo, sugiriendo unos desequilibrios legales y gubernamental, mientras se favorece a los alzados en armas.
EL MUNDO OCCIDENTAL
Colombia gira en la órbita del mundo Occidental; por tanto, está vinculada y es heredera legítima del constitucionalismo occidental europeo desde los griegos, romanos, españoles, franceses, portugueses y alemanes hasta la sacra normatividad de la Europa imperial de la actualidad.
Estos temas de la normatividad constitucional, las competencias constitucionales y legales, fuerzan a procurar exigencias analíticas para no repetir que tal o cual funcionario, o entidad, o superioridad, con sus palabras, o declaraciones ocasionan choques de trenes, generan desestabilidad, abusos de poder, extralimitación de funciones, violaciones legales, desconocimiento de fueros, persecuciones políticas, negativas de justicia, violación del debido proceso, desconocimiento del derecho a la presunción de inocencia.
PAÍS MULTIÉTNICO, PLURICULTURAL, CRISTIANO
Colombia es un país multiétnico, pluricultural, cristiano, con enriquecedoras inmigraciones de diferentes poblaciones: europeas, asiáticas africanas, mesorientales. Su Institucionalidad es una síntesis de convergencia de la pluralidad racial, étnica y del cristianismo humanista.
TÉRMINOS Y REALIDADES
Tocar la institucionalidad obliga revisar disposiciones constitucionales y legales, estimar realidades fácticas como la actual situación política nacional, el proceso electoral, las conversaciones por la Paz en Colombia, las actuaciones de altos servidores de la Nación, la separación reglada de poderes, los partidos de oposición, el terrorismo, el narcotráfico y referencias sobre nuestro sistema político, la anarquía, los Estados fallidos.
INSITUCIONALIDAD: RAÍCES MULTIÉTNICAS
En esa conformación pluralista, multifacética se origina una genuina INSTITUCIONALIDAD ya que se formaron las autonomías normativas, se jerarquizó el ejercicio de la autoridad religiosa, civil y militar, apareció la noción de servicio aplicable en los grupos, se construyó la fortaleza de las tradiciones de familias, se dividieron las tribus, resguardos, poblados, asentamientos de aborígenes, adoptando su organización, sus costumbres, su lengua, sus prácticas religiosas, la categorización de sus dioses, se infundieron principios de religión, sus hábitos, el principio de autoridad, la organización grupal, o tribal, la organización de vivienda, los métodos disciplinarios, la regulación de los modos productivos, el intercambio comercial, el manejo de mercados, la aplicación de sanciones y castigos, la representación política, las jerarquías administrativas y judiciales, comunitarias, religiosa, su legislación, sus leyes sociales.
INSTITUCIONALIDAD CRIOLLA
La Institucionalidad criolla es respetable. Hasta la fecha de hoy, en el territorio colombiano, se encuentran tribus activas, grupos, o familias de indígenas y de afro descendientes que defienden su propia Institucionalidad y en defensa de esa realidad se irritan hasta llegar a los desafíos, a los enfrentamientos armados, a las guerras, a la intransigencia armada.
En la Conquista y la Colonia se desconocía la Institucionalidad y nada o poco importaba, porque si era indispensable se arrasaba. Se vivieron unas experiencias sangrientas, etapas de desalojos, destierros, desplazamientos, expulsiones, persecuciones, maltratos, venganzas, de conflictos y enfrentamientos por el dominio de las poblaciones, territorios, aguas, suelos y riquezas mineras, habiendo perdido la autonomía institucional los asentamientos de indígenas, reemplazados o sustituidos por foráneos; no se conoció nunca el haber adquirido la Institucionalidad en los palenques o en grupos de esclavos, o de las familias afro descendientes. Llegaron las macabras escenas diarias, las atrocidades de la Esclavitud y de la Inquisición. Se impuso el Feudalismo. La Iglesia lideró la formación social, la pobreza de la economía y la concentración del poder político. Se mantuvo el Analfabetismo, la incomunicación vial, la pobreza agropecuaria, abundaron los famélicos, la indignidad.
CONTROVERSIAS Y GUERRAS CIVILES
En esos siglos de subido oscurantismo, la Institucionalidad se fortaleció y se desvaneció, simultáneamente, por vocación y acción de líderes soberbios e ignorantes, varones inescrupulosos, mercaderes de las guerras, dictadores, ladrones, personajes políticos, religiosos, militares, gobernantes, empresarios avaros.
Hemos superado circunstancias de decadencia política, de ausencia o excesos de liderazgos locales, de caudillismo, de clientelismo, de corrupción. Desde luego, el país ha vivido momentos de irritante descomposición política, de guerras civiles, de conflictos armados internos, de irrepetibles capítulos de barbarie partidista, de épocas de sanguinaria gobernabilidad. Igualmente, ha habido momentos cruciales, en los cuales se han presentado hombres providenciales que han conducido la población a una época de Institucionalidad, acogiendo la Constitución y la Ley.
DOS COLOSOS: PROCURADOR Y FISCAL
Procurador y Fiscal, dos colosos de la máxima burocracia judicial colombiana, desbocados y pasionales, actúan en los tablados institucionales del teatro libre de la nación. Los registros de los Medios (Prensa, radio y televisión) con máxima sintonía, monopólica cobertura, llevan hasta los confines patrios los disertos enfrentamientos de los dos repúblicos, quienes con sus posiciones doctrinales, o sus descarnados discursos, o sus inoportunos y hostiles pronunciamientos, descomponen los ámbitos con aromas asfixiantes, de aplaudidas, o censurables consignas, de inquietantes denuncias, o de aplaudidas oposiciones.
La opinión consciente mira con asombro cómo los dos altos funcionarios obligados, constitucional y legamente, a respetar sus oficios, a colaborar en sus funciones, a no extralimitase en sus desempeños, a actuar con gallardía y honor, por la dignidad de sus cargos a ser respetuosos consigo mismo, con la sociedad. Su alta investidura les depara delirio de ansiedad y los empuja a la lucha por el poder político. El termómetro de la popularidad, o el ánimo de la figuración trastornan a los seres con mayores exigencias de serenidad, de cordura, de equilibrio.
MAESTROS INOLVIDABLES. NORMAS CONSTITUCIONALES.
Ante la espectacular contienda de los poderosos mosqueteros, trifulca de pesos urbanos, a releer la Constitución de Colombia de 1991. De regreso al Externado de Colombia en donde nos aproximamos a la sabiduría de dilectos Maestros del Derecho y, actualmente, se aprecian las cátedras enriquecidas por estos dos contradictores. Atrás quedan las enseñanzas de centenares de calificados docentes, juristas ejemplares en la cátedra, en el servicio público, en su vida privada.
A propósito del espectáculo de los aludidos gladiadores, es procedente concentrar la mirada en algunas normas constitucionales, en lo relativo a la autoridad, a la jefatura del Estado, a la dirección del Gobierno, a la Responsabilidad del orden público, al Comando de las Fuerzas Militares (Título VII – artículo 188, 189 y ss., y el Título IV – artículo 115 de la C.P. de C.). Es necesario que la opinión ciudadana estudie los contenidos de normas vigentes de la Constitución colombiana para que sea más inteligente y acertada su posición. Por ejemplo, se debe conocer lo relacionado con la OPOSICION – Estatuto, artículo 112. De los PARTIDOS, artículo 107; las Formas de Participación, artículo 103 y ss. Ahora, cómo no preocuparse por la normatividad constitucional cuando trae disposiciones como el artículo 22: ”La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento”.
El artículo 40 contempla la Participación Política y de los Derechos Políticos. Se destaca que el supremo responsable de las garantías de los derechos de los habitantes del país es el Presidente de la República.
El artículo 1 declara a Colombia como un Estado social de derecho, República unitaria, democrática, participativa, pluralista… con prevalencia del interés general. El constituyente del 91 adoptó los lineamientos constitucionales de Alemania (1949), España (1978), Francia (1958). El artículo 2 señala los fines esenciales del Estado y de las autoridades de la República. Por supuesto, es esencial el artículo 29 que consagra el derecho al Debido Proceso.
ACTIVISTA CONTRADICTOR.
Ahora, parece que los Altos dignatarios en cuestión, competentes del control funcional y disciplinante, por una parte, y de la Investigación de conductas y de hechos, de la judicialización y encausamiento de personas de otra parte, con sus intervenciones públicas, con su verbo cargado, parece que se solazaran olvidando su obligante discreción; en cambio, aducen su competencia funcional, su representatividad institucional que los lleva a extralimitarse, a no ajustarse a expresas normas conductuales, a consideraciones sociales, constitucionales y legales; olímpicamente, se interesan y se cruzan en debates inoportunos, con intensos y aplaudidos duelos verbales, en audacias coloquiales, en imprudentes y molestos anticipos de conceptos sobre situaciones y circunstancias que afectan relaciones de política interna, de orden partidista, el proceso de conversaciones en La Habana con las guerrillas FARC-EP., a los eventuales acuerdos.
Infortunadamente, el señor Procurador oficia como vehemente contradictor político del Gobierno, actuando como fulgurante y enardecido tribuno, crítico inclemente, cotidiano y reiterativo del Señor Presidente de la República y de su Gobierno, con enojosas descalificaciones a sus críticos políticos, a sus contradictores conceptuales del Congreso de la República.
El recurrente libreto y la descomedida elocuencia, en la actuación del representante de la sociedad, quien con signos bonachones se va convirtiendo en principal contradictor, en sustituto constitucional del Presidente de la República; la persistencia burlona e inamistosa del Procurador raya en identidad con caracterizados voceros de la oposición legal; su voz siempre mordaz y pendenciera, se refiere a aspectos políticos, jurídico penales, que son seguidos y culminados con la arrolladora fuerza del poderoso poder de control funcional y disciplinario.
Por esas y más razones, o desvíos conceptuales, el patriarca santandereano, Procurador General de la Nación es asociado, justa o injustamente, con el Partido Centro Democrático, gran fuerza electoral, con numerosa clientela y apreciable representación en las Cámaras, con un Jefe muy activo, de inmensa convocatoria política, infatigable contradictor del Gobierno y de los actos y acciones del Presidente de la República, acérrimo crítico del proceso que se adelanta con las FARC-EP. en La Habana.
Hay confusión sobre las competencias de los altos funcionarios aludidos porque se perfilan como activistas, o presurosos adalides de mensajes preocupantes. Los señalan como aspirantes a la continuidad en dignidades o investiduras de primer orden, lo cual no está vedado legalmente. No pareciera que preocupe el desmadre funcional de los carismáticos servidores públicos, que ejercen el poder a plenitud, con los lunares señalados por desprevenidos conciudadanos que expresan su descontento, a pesar de la destreza de los personajes.
FISCAL IBAGUEREÑO.
El Fiscal General de la Nación es un brillante profesional tolimense, ibaguereño, de óptima formación en altos estudios constitucionales y penales. Le reprochan sus prácticas preventivas, didácticas, novedosas sobre la eventual aplicación de normas sustantivas y procedimentales, por instituciones competentes, a prestantes personajes, dirigentes nacionales y a los guerrilleros. Censuran sus declaraciones jurídicas de aplicación de la ley penal al ex Presidente y Senador Álvaro Uribe Vélez, ciudadano con Fuero, y a su colaborador el Vicepresidente Francisco Santos Calderón. También, se le critica su posición paliativa de aplicabilidad punitiva judicial a las conductas de los Jefes o militantes de la guerrilla, las referencias a la aplicación de la fresca y novedosa legislación penal que resulte más favorable a los guerrilleros, incursos en narcotráfico y delitos atroces, que entren a los Acuerdos de Paz. Y se someten a taxativas exigencias procesales.
DISCREPANCIAS SUSTANCIALES
Nos mostramos muy sensibles ante las polémicas conceptuales. Encuentran hostiles las críticas y discrepancias públicas y frenteras al actual Procurador General de la Nación, o las afirmaciones doctrinales y procesales del Fiscal ante el actual estatuto, sosteniendo que causan el Choque de Trenes; les enciman una crítica señalada como palabras y actitudes desestabilizadoras, resaltando que alteran la armonía que demandan la constitución y la ley al asignar las funciones. Desde luego, reclaman que sus competencias no sirven de excusa para actuar con animosidad, con sacrificio de derechos de personas, sin el debido proceso; con posible extralimitación de sus competencias para el manejo de las delicadas acciones y actos asignados al Jefe Supremo del Gobierno, a las Altas Cortes, o al Tribunal Especial.
Colombia, por fortuna, disfruta de un Gobierno que garantiza, a plenitud, el libre ejercicio de los derechos constitucionales y legales; no obstante, se atraviesa por un período delicado, políticamente. Vamos en dirección correcta, aproximándonos al sitial de la convivencia, de la concordia, a recuperar los ambientes territoriales y espirituales de la Paz.