Bogotá, D.C., 26 de mayo de 2016.- La Ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture insistió en que algunas de las disposiciones previstas en el Proyecto de Ley que pretende regular el sector de vigilancia y seguridad privada en Colombia, contiene disposiciones altamente inconvenientes para la apertura y preservación de las reglas de juego respecto de la inversión extranjera en nuestro país y viola derechos  adquiridos de algunas empresas que actualmente concurren al mercado colombiano.

La Ministra de Comercio, Industria y Turismo se refirió a la alta inconveniencia de lo dispuesto en el artículo 4 del Proyecto de Ley[1] que insiste en cerrarle las puertas a la inversión de capitales extranjeros para la prestación de servicios de vigilancia y seguridad humana, así como de capacitación y entrenamiento, lo cual no se justifica en estos momentos de plena globalización de nuestra economía.

Adicionalmente, la Ministra llamó la atención respecto del contenido del parágrafo del artículo 11 del Proyecto de Ley, según el cual, una vez se venzan las licencias o autorizaciones a empresas con inversión extranjera que vienen operando en nuestro país y prestando servicios de vigilancia y seguridad humana y capacitación y entrenamiento, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada no podría renovar las licencia, y por ende, en ese mercado quedarían excluidas, incluso, las empresas con capitales extranjeros que actualmente operan en Colombia, lo que constituye una violación injustificada a sus derechos como inversionistas y a su derecho de concurrir a los mercados nacionales.

 

La Ministra llamó también la atención sobre el hecho de que el Proyecto de Ley contiene disposiciones que implican un retroceso en la política pública de protección la libre competencia económica, y criticó lo dispuesto en el artículo 85 del Proyecto de Ley que pretenden limitarle funciones a la Superintendencia de Industria y Comercio en su función de autoridad única de protección de la libre competencia económica y que según las denuncias públicas del Superintendente Pablo Felipe Robledo, incluso, podrían poner en alto riesgo las actuales investigaciones administrativas y penales que hoy se adelantan en la Superintendencia y en la Fiscalía General de la Nación en lo que el país conoce como el “presunto cartel de la seguridad privada en licitaciones públicas”.

Finalmente, la Ministra de Comercio, Industria y Turismo concluyó diciendo que “Colombia es respetuosa de las reglas de juego, promueve y protege la libre competencia y está convencida de que hay mercado para las empresas colombianas y también las extranjeras.”.

 Artículo 4. Capital extranjero. Bajo ningún tipo societario se permitirá la inversión de capitales extranjeros en el sector de vigilancia y seguridad privada en las clases de servicios determinados en los literales a) –léase vigilancia y seguridad humana- y d) –léase capacitación y entrenamiento-. (…).

Artículo 11. Vigencia de licencias de funcionamiento. (…). Parágrafo. Las empresas con socios o capital extranjero que en la actualidad cuenten con licencias para prestar servicios en las modalidades a) –léase vigilancia y seguridad humana- y d) –léase capacitación y entrenamiento- del artículo 35, no podrán renovar su licencia para dichas modalidades.

 

[1] Artículo 4. Capital extranjero. Bajo ningún tipo societario se permitirá la inversión de capitales extranjeros en el sector de vigilancia y seguridad privada en las clases de servicios determinados en los literales a) –léase vigilancia y seguridad humana- y d) –léase capacitación y entrenamiento-. (…).

 

Artículo 11. Vigencia de licencias de funcionamiento. (…). Parágrafo. Las empresas con socios o capital extranjero que en la actualidad cuenten con licencias para prestar servicios en las modalidades a) –léase vigilancia y seguridad humana- y d) –léase capacitación y entrenamiento- del artículo 35, no podrán renovar su licencia para dichas modalidades.