La acción de tutela en contra de la Presidencia y el Ministerio de Hacienda fue negada debido a la legitimidad del accionante, el cual ha debido recurrir a otros mecanismos.
Luis Eduardo Hincapié Medina instauró la acción por sentir que sus derechos como colombiano habían sido violados con la decisión de venta de la empresa de energía. Su objetivo era suspender la subasta del paquete accionario del Gobierno, es decir, del 57.77% de acciones.
Así mismo, alegó que la programación de la subasta para el 13 de enero por el Gobierno es una violación al debido proceso y al acceso a la administración de justicia. Lo anterior debido a que se anunció antes de conocer el fallo de fondo del Consejo de Estado.
No obstante, el Juzgado 16 de Ejecución de Penas negó la tutela debido a que el accionante no cuenta con la legitimidad para presentar dicha acción bajo los argumentos expuestos. Lo anterior debido a que no fue parte del grupo de ciudadanos que demandaron el decreto de la subasta, y no hace parte de dicho proceso; por lo que no se puede demostrar la vulneración de sus derechos.
“Aunque en la demanda de tutela, Luis Eduardo Hincapié Medina anunció que en su calidad de ciudadano siente vulnerados sus derechos fundamentales por la venta de Isagén S.A.; lo cierto es que no se acreditó de ninguna manera la vulneración de los derechos reclamados”, afirmó el juzgado.
En este sentido, la acción legal que ha debido interponer, de acuerdo con el juzgado, era una acción de nulidad y restablecimiento de derecho ante jueces administrativos.