La Fiscalía general de la Nación aplicó medidas de embargo y secuestro de las acciones de Inassa en la empresa Triple A, con fines de extinción de dominio, al tiempo que impuso medidas de aseguramiento no restrictivas de la libertad, consistente en la prohibición de salir del país y multas de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes a varios Directivos y ex Directivos de Inassa.

Por intermedio de la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio el ente acusador adoptó la medida cautelar de embargo y secuestro con fines de extinción de dominio de las acciones de propiedad de la sociedad Inassa S.A. en la empresa Triple A, S.A, E.S.P, las cuales corresponden al 82% del capital de esta última. El valor de dichas acciones, según cifras contable de la compañía, ascendería a los 202.000 millones de pesos.

Esta cifra corresponde al patrimonio reportado en los estados financieros, que fue de 246.774 millones 537.000 pesos, a diciembre 31 de 2017.

MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO

Así mismo la Fiscalía General de la Nación impuso medida de aseguramiento contra directivos y exdirectivos de la empresa Inassa y la Empresa de Servicios Públicos Triple A S.A. por un presunto contrato de asistencia técnica. La Fiscalía incautó las acciones de Inassa en la Triple A.

Con estas acciones la Fiscalía inició la segunda fase de la “operación Acordeón” que busca poner al descubierto las redes de corrupción que se habrían apoderado o que desviaron recursos destinados exclusivamente para la prestación de los servicios públicos en la Costa Atlántica y el suministro de un bien vital para la comunidad, como es el agua potable.

En atención a las acciones previstas en esta estrategia institucional, una fiscal de la Dirección Especializada contra la Corrupción resolvió la situación jurídica de directivos y exdirectivos de la empresa Inassa que hace parte del grupo empresarial Canal Isabel II y la Empresa de Servicios Públicos Triple A S.A. ESP., investigados por presuntas inconsistencias en el manejo de dineros y un aparente incremento patrimonial injustificado de los socios de las dos multinacionales en Colombia.

Contratos ficticios

De acuerdo con el material probatorio que reposa en el expediente, se relacionan los hechos ocurridos desde el año 2000 hasta el 2017 en el que se detectaron aparentes pagos fraudulentos a través de un “contrato de asistencia técnica”, que habrían causado un detrimento patrimonial del orden de doscientos treinta y seis mil ochocientos cincuenta y tres millones setecientos noventa y seis mil cinco pesos ($236.853.796.005).

Dicho contrato se remonta al 4 de septiembre de 2000, cuando la empresa Inassa y Triple A S.A., acordaron la entrega del 4.5% del recaudo mensual de servicios domiciliarios de alcantarillado, acueducto y aseo, a cambio de una supuesta asistencia en gestión comercial, operativa, administrativa y técnica.

Las investigadores que trabajan en la operación Acordeón calculan que en 17 años de vigencia del mencionado contrato de asesoría se habrían pagado doscientos treinta y seis mil ochocientos cincuenta y tres millones setecientos noventa y seis mil cinco pesos ($236.853`796.005), valor que actualizado con el IPC al cierre de agosto del año 2018 superaría los trescientos veintinueve mil millones de pesos ( $329.000`000.000), una cifra cercana a lo que el distrito de Barranquilla recauda anualmente por el impuesto predial.

Los elementos recaudados indicarían que el objeto del “contrato de asistencia técnica” nunca se cumplió. Hay evidencia que demostraría una supuesta desviación irregular de recursos con el fin de beneficiar a terceros, entre ellos las sociedades Canal Extensia S.A. -empresa del Grupo Español Canal Isabel II- y Slasa (compañía Panameña), que presuntamente recibieron los dineros en giros que llegaron a una cuenta de compensación en Miami (Estados Unidos). Esta maniobra financiera, al parecer, garantizaba que parte de los recursos quedaran entre los socios y un porcentaje fuera destinado para los gastos operacionales de Inassa.

Situación jurídica

En cumplimiento de los parámetros establecidos en la Ley 600 de 2000 (antiguo Sistema Penal), la fiscal de conocimiento resolvió la situación jurídica de los sindicados, imponiendo medida de aseguramiento no restrictiva de la libertad, consistente en la prohibición de salir del país y multas de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes en contra de:

Francisco Olmos Fernández Corugedo, (nacionalidad española) exgerente de Triple A.
Luis Fernando Arboleda González, exgerente de Triple A.
Carlos Alberto Ariza Duque, exgerente de Triple A.
Ramón Navarro Pereira, exgerente de Triple A.
Luis Alberto Nicolella de Caro, exgerente general de Inassa.
Francisco Javier Malia Baro, (nacionalidad española), exgerente general de Inassa.
Germán Sarabia Huyke, gerente de Inassa.
Así mismo, la fiscal de conocimiento impuso medida de aseguramiento no privativa de la libertad contra otros directivos de nacionalidad española, consistente en caución de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes, en contra de:

Carlos Roca García, (nacionalidad española) actual gerente Inassa.
Edmundo Rodríguez Sobrino, (nacionalidad española), expresidente de Inassa.
Alberto Muguiro Eulate (nacionalidad española), actual presidente ejecutivo de Inassa.
En la decisión la fiscal del caso se abstuvo de imponer medida de aseguramiento a Ramón Heraclio Hemer Redondo, gerente actual de Triple A.

Los procesados son investigados por los delitos de:

Concierto para delinquir con fines de enriquecimiento ilícito.
Enriquecimiento ilícito de particulares.
En el caso de Luis Fernando Arboleda González, ex gerente de Triple A, se ordenó la prescripción del delito de enriquecimiento ilícito de particulares.

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