“No se puede seguir por el camino  que a toda conducta de un colombiano hay que  aplicarle una norma penal y meterlo a la cárcel. Si bien, la crisis en las cárceles es evidente, originando hacinamiento, no hay manera de albergar nuevos presos porque precisamente no existe una política criminal fuerte”

Así lo señaló el senador Manuel Enríquez Rosero ponente de un proyecto de ley de origen gubernamental que colocó en la agenda pública en el segundo semestre de 2017, el estudio y debate de la política criminal en el país, con la presencia del Ministro de Justicia Enrique Gil Botero.

La iniciativa en tránsito en el Congreso –fue aprobada en primer debate por 12 votos a favor y 0 en contra-, que en su contenido apunta adescriminalizar varias conductas  que podrían ser de competencia de las autoridades de policía”.

De entrada, en palabras  del Gobierno y del ponente del proyecto de ley Colombia tiene “hoy vigente un Código de Policía que no aborda temas de otras jurisdicciones, como es el caso de la inasistencia alimentaria, con la jurisdicción ordinaria de familia”.

“De aprobarse el proyecto de ley, le permitirá a la Cartera de Justicia –rectora en la política carcelaria-  aliviar el hacinamiento como ocurre a esta altura del año 2018, que de acuerdo a las estadísticas, las personas privadas de la libertad, superan las 180.000

Precisamente,  el ministro Enrique  Gil Botero, reconoció el trabajo  de la Comisión Primera, – en el período de sesiones ordinarias del Congreso del segundo semestre de 2017- al señalar que “se logró darle paso a la modernización de la política criminal en Colombia y dar respuesta a los requerimientos que se han escuchado por parte de diversos sectores de la sociedad, entre ellos, los ciudadanos, la academia y los medios de comunicación, entre otro.

En esencia, la  iniciativa  “pretende una racionalización del derecho punitivo y lo coloca en estándares internacionales en temas como la privación de la libertad, al punto que coloca en la agenda pública la humanización de las cárceles y reconoce, que los centros penitenciarios se han convertido en unos verdaderos antros”.

Esta es una realidad incuestionable; la Corte Constitucional y los organismos supranacionales han advertido con preocupación la situación sistemática de violación de derechos humanos por condiciones de hacinamiento u otros elementos, que no propenden en forma alguna a los fines de la pena, que son la rehabilitación y la resocialización”, comentó el senador Manuel Enríquez Rosero.

Bajo ese antecedente, el Consejo Superior de Política Criminal recordó que “el proyecto de ley -en tránsito en el Congreso- que pretende fortalecer la política criminal y penitenciaria en Colombia, en el marco del proceso de racionalización y armonización de la justicia penales el país,  postula una serie de medidas y actividades orientadas a superar el estado de cosas inconstitucional, así como dar cumplimiento a la actividad 2.5 del Documento Conpes3828 de 2015 sobre Política Penitenciaria”

También en su concepto, al abordar el caso  personas con enfermedades graves –privadas de la libertad- que requieren tratamientos o hábitos especiales, así como aquellas con determinada condición de discapacidad que no les permite valerse por sí mismas, se propone que atendiendo a los criterios de tratamiento integral en salud y dignidad humana, se propenda por la concesión de la prisión domiciliaria u hospitalaria en esos eventos.

Finalmente, el proyecto de ley  pone a consideración del Congreso, que deje de ser delito la conducta de inasistencia alimentaria consagrada en el artículo 233 del Código Penal. “Esta conducta punible. sí bien registra un número importante de entradas al sistema procesal penal, es uno de aquellos delitos a los cuales mayormente se acude como instrumento de presión, y a través del cual, incluso, paradójicamente, se profundizan las violaciones a los derechos de las personas que con el delito se pretenden proteger, pues la privación de la libertad del obligado a responder alimentariamente le genera una justa causa que le impide cumplir con su obligación”.

El proyecto de ley que busca reestructurar Política Criminal en Colombia, desde el terreno legislativo, es de origen gubernamental -Ministerio de Justicia-  consta de 166 artículos y 9 capítulos.